sábado, 7 de enero de 2012

CONCEPTOS QUE NECESITAMOS RECORDAR


    1. Sistema tributario
      1. Concepto .-
Sistema fiscal es el conjunto de relaciones básicas y de instituciones de carácter jurídico y económico, que supeditadas a la consecucón de objetivos, caracterizan con un cierto grado de permanencia la organización y el funcionamiento de la actividad financiera del sector público de un país o un conjunto de ellos. (afectando a ingresos y gastos).
Ordenamiento tributario o “Cuadro impositivo”, “Estructura tributaria” o “Sistema impositivo” son las expresiones con las que nos referimos al conjunto ordenado de exacciones coactivas del Poder Fiscal del Estado y de relaciones técnicas e institucionales de interdependencia de éstas con los demás integrantes del Sistema Fiscal, cuya misión fundamental es proporcionar los recursos precisos para el desarrollo de las actividades públicas y coadyuvar en la ordenación de los comportamientos sociales y económicos de los distintos agentes del sistema. Ha de llamarse la atención sobre tres aspectos distintos :
  • El Ordenamiento Tributario es una parte del Sistema Fiscal (cuyos contenidos son los ingresos de la Soberanía Fiscal del Estado)
  • Se trata de un conjunto ordenado de acuerdo a una serie de principios que la doctrina financiera ha ido consolidando a lo largo del tiempo.
  • El sistema tributario, además de por el conjunto sistematizado de gravámenes, también está integrado por una serie de elementos y relaciones institucionales que son los que le permiten materializar y dar cumplimiento efectivo a sus cometidos.
    1. Finalidades y principios del sistema tributario
Se entiende por Principios de la Imposición a los preceptos, directrices u orientaciones fundamentales del Ordenamiento Tributario, que son tres :
  1. Etica, aunque con un evidente contenido económico y jurídico (justicia)
  2. Asignación eficaz de los recursos
  3. Crecimiento económico estable
Estos principios han sido y son objeto de compilaciones y ensayos sistematizadores, como en 1970 F.Neumark, que a continuación se ofrece dividida en dos grupos : principios impositivos fundamentales y los de gestión o administración eficiente.
      1. Principios fundamentales
Son ideales político-tributarios cuya justificación y asentamiento se encuentra en los objetivos y finalidades sociales de carácter general a los que la estructura tributaria del Sistema Fiscal pretende supeditarse, siendo los de mayor relevancia :
  • Principio de suficiencia – el volumen de recursos obtenido por el cuadro impositivo del Sistema Fiscal ha de permitir el normal desenvolvimiento de las actividades de éste. El monto total de ingresos públicos deben tener como procedencia todas las categorías económicas de la realidad social (objetos imponibles) posibles.
  • Principio de flexibilidad – exige que el Sistema Fiscal tenga unos mecanismos de exacción tributaria que permitan la máxima adecuación entre el ritmo de obtención de los ingresos públicos y la dinámica de la actividad económica del sistema.
  • Principio de equidad – equidad horizontal : dar igual tratamiento a los iguales, y equidad vertical : tratar de forma desigual a los desiguales ajustando esta desigualdad de trato a las desigualdades realmente existentes.
  • Principio de neutralidad – el cuadro de exacciones tributarias del Sistema Fiscal debe hacer mínimas las interferencias y distorsiones relativas a las decisiones individuales que se refieran a la producción y el consumo.
  • Los criterios de reparto – distribución formal de las cargas públicas entre los distintos colectivos de la sociedad. Son dos criterios : equivalencia o principio de beneficio y capacidad de pago.
      1. Principio de gestión eficiente
Son postulados normativos, su función es orientar la composición y el funcionamiento de la Estructura Tributaria del Sistema Fiscal. Los mas importantes son :
  • Principio de congruencia – que la combinación de modalidades impositivas elegida constituya un todo homogéneo en cuanto a los objetivos.
  • Principio de transparencia – las normas de carácter tributario han de elaborarse de manera que excluyan al máximo las dudas de los contribuyentes y administradores
  • Principio de practicabilidad – Las modalidades impositivas se tienen que articular de modo que sean fácilmente comprensibles por el contribuyente medio.
  • Principio de continuidad – las disposiciones contenidas en las normas legales de carácter tributario deben perdurar razonablemente a lo largo del tiempo.
  • Principio de economicidad – que los gastos vinculados a la aplicación , recaudación y control de las exacciones tributarias sean los mínimos posibles.

 

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